
Cada tratamiento fitosanitario que haces en la explotación tiene que quedar registrado, y no vale cualquier apunte: la norma fija qué datos deben constar. Un registro incompleto es uno de los fallos más comunes en las inspecciones y en las auditorías de certificación, y casi siempre se debe a lo mismo: se apunta tarde, de memoria y con prisas. Esta guía repasa qué datos son obligatorios, qué documentación hay que conservar y cómo organizarte para que el registro salga bien a la primera.
Qué norma lo regula
La obligación está en el artículo 16 del Real Decreto 1311/2012, de uso sostenible de productos fitosanitarios, y los datos concretos en la parte I de su anexo III. A nivel europeo, el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 fija el contenido y el formato de los registros de uso de productos fitosanitarios que llevan los usuarios profesionales.
El artículo 16 se ha modificado varias veces en los últimos años. Según su texto consolidado en el BOE, consultado en octubre de 2026:
- En las explotaciones agrarias, el registro de tratamientos forma parte del cuaderno digital de explotación agrícola.
- En el ámbito agrario se admite el registro en papel hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Los cuadernos de producción ecológica, integrada o de otros sistemas de certificación que recojan los datos de la parte I del anexo III también se consideran válidos.
- La documentación asociada se conserva al menos tres años.
Como la fecha del papel está muy cerca y los calendarios del registro electrónico han cambiado más de una vez, comprueba la situación vigente en el BOE o con tu comunidad autónoma. Todo lo relativo al envío al cuaderno digital de explotación (CUE) lo explica GAP en su página del cuaderno digital.
Los datos de cada tratamiento
La parte I del anexo III pide, para cada tratamiento fitosanitario, estos datos:
| Dato | Consejo práctico |
|---|---|
| Fecha del tratamiento | La del día en que se aplica, no la de compra ni la de la recomendación |
| Parcela o local tratado | Identificada igual que en el resto del cuaderno, con su referencia SIGPAC |
| Cultivo | Especie y, en leñosos, variedad, coherente con la parcela |
| Superficie tratada | La realmente tratada, que puede no ser toda la parcela |
| Plaga o problema | El motivo concreto, no «preventivo» sin más |
| Producto | Nombre comercial y número de registro |
| Cantidad utilizada | Con sus unidades |
| Equipo de aplicación | El que se ha usado, identificable |
| Aplicador | Persona que aplica y, en su caso, asesor que recomienda |
| Eficacia | Valoración de cómo ha funcionado el tratamiento |
| Observaciones | Incidencias, condiciones o aclaraciones |
Además, el registro incluye información general de la explotación: titular, personas con carné o condición de asesor, parcelas con su referencia SIGPAC, superficie y cultivo, equipos de aplicación propios con su inspección, y datos de fertilización y riego. Revisa la lista completa en el anexo III, porque aquí solo se resume.
Qué documentación hay que guardar
El artículo 16 manda conservar al menos tres años la documentación que acompaña al registro. Entre ella:
- La documentación del asesoramiento, si la explotación está obligada a tenerlo.
- Los certificados de inspección de los equipos de aplicación.
- Los contratos con empresas de tratamientos, si los encargas a terceros.
- Las facturas de compra de productos fitosanitarios.
- Los análisis de residuos, si se han hecho.
Si un tercero hace el tratamiento como servicio, también tiene sus propias obligaciones de registro. Pide siempre la información del tratamiento para tenerla en tu cuaderno.
Cómo organizar el registro sin errores
- Apunta el mismo día. Lo que se registra a final de mes se reconstruye de memoria y falla en fechas, superficies y cantidades.
- Usa una sola fuente de verdad para las parcelas. Si la parcela se llama de una forma en el cuaderno y de otra en la libreta del encargado, habrá errores.
- Identifica quién hace cada tratamiento. El aplicador debe tener el carné del nivel que corresponda.
- Enlaza el tratamiento con su motivo: el muestreo o la observación que lo justifica y la recomendación del asesor.
- No olvides la eficacia. Programa una revisión posterior y anota el resultado.
- Revisa el registro periódicamente antes de cerrar cada mes.
Un ejemplo de registro completo
Por ejemplo, un tratamiento bien registrado diría algo así: el día tal, en la parcela identificada con su referencia SIGPAC, cultivo de naranjo de una variedad concreta, se tratan 2,5 de sus 3,8 hectáreas contra una plaga determinada, con un producto identificado por su nombre comercial y su número de registro, en la cantidad usada, con el atomizador de la explotación, aplicado por una persona con carné de nivel básico siguiendo la recomendación del asesor. Una semana después, un muestreo de la parcela permite anotar la eficacia.
Si cualquier persona que lea el registro puede reconstruir el tratamiento sin preguntarte nada, está bien hecho.
Errores frecuentes
- Escribir la superficie de la parcela entera cuando solo se trató una parte.
- Poner el nombre del producto sin el número de registro.
- Dejar en blanco la plaga o poner «general».
- No identificar el equipo o el aplicador.
- No valorar la eficacia.
- Perder las facturas o los certificados de inspección antes de los tres años.
Los tratamientos en Agrimaps
Con Agrimaps tienes un control exacto de qué operaciones técnicas se han hecho en tu explotación y quién es el responsable de cada una. El seguimiento de operaciones técnicas recoge todos los tratamientos y las órdenes de riego y abonado de tus cultivos, y con solo pulsar un botón se genera el cuaderno de campo con el formato que exige la administración.
Las parcelas se cargan de forma automática con sus códigos oficiales SIGPAC importados del registro online, así que el tratamiento siempre va a la parcela correcta. Y como el muestreo de plagas muestra cómo afectan los tratamientos al estado de cada plaga, tienes a mano la información para valorar su eficacia. Puedes ver el resto de funciones en la página de funcionalidades.


